En los últimos años se han presentado serias controversias legales en todo el mundo y sobre todo en Colombia en lo referente a las tecnologías de información y comunicación, según lo referido por el abogado Jesús María Acevedo Magaldi estas herramientas imponen grandes retos en materia legal.

En referencia a los correos institucionales se ha generado la discusión sobre la utilización de la información de dichos espacios por parte del empleador para utilizarlo en querellas legales contra el trabajador.

Debido a que estos espacios revisten cierto grado de privacidad, que al ser utilizados en una querella laboral, pueden violentar el derecho a la privacidad consagrado en la legislación nacional.

Sin embargo, el conflicto se genera por la utilización de la información de los correos institucionales para menoscabar los derechos laborales de los trabajadores y la poca reglamentación legal de dichos espacios.

Lo que puede ser causado por la monitorización  de la información ofrecida por el trabajador en sus actividades diarias violando así su derecho a la esfera de la privacidad.

Esto se hace más controversial cuando en una querella legal se utiliza la información de los correos institucionales de los trabajadores como prueba para favorecer a la empresa empleadora.

Al no haber una reglamentación legal en estos casos no hay una claridad si es válido o no utilizar esta información, por lo que puede que este recurso probatorio sea desechado por el juez laboral.

Algunos analistas jurídicos aducen que el correo institucional no debería tener la misma característica de datos personales protegibles como afirma la Superintendencia de Industria y Comercio amparándose en la Ley 1581 de 2012 sino que debería ser de conocimiento público o institucional.

En base a esto, se argumenta que no se puede equiparar el correo institucional al correo personal de cada individuo, debido a que en el correo institucional se maneja información concerniente al ámbito laboral y no privado.

Estos analistas arguyen que hay información en los correos institucionales que debe ser controlada y monitoreada por la empresa empleadora, y que de ninguna manera debe tomarse como ilegal cuando el empleador acceda a la información del correo institucional de los trabajadores.

Argumentan que el monitoreo de los correos institucionales de los trabajadores se puede hacer con el fin de garantizar la transparencia y la eficacia de los procesos laborales.

De esta manera, darle el mismo carácter de inviolabilidad a la privacidad al correo institucional como el que se le otorga a un correo electrónico personal genera problemas cuando ocurre el supuesto del uso de los correos institucionales para el ejercicio de funciones privadas o para cometer delitos en menoscabo de la empresa empleadora.

Por lo que es necesario hacer un análisis exhaustivo de estas razones a fines de generar un debate sincero sobre las limitaciones en cuanto a la legislación de esta materia para abarcar estos espacios.

 Y a la vez definir con claridad la inviolabilidad de la privacidad del trabajador en cuanto a los correos institucionales se refiere sin que dicha acción genere un perjuicio en cuanto a los derechos laborales.

Jesus Maria Acevedo Magaldi, es un abogado colombiano.

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