No son pocos los conflictos que emanan del uso de las tarjetas de crédito y débito en las tiendas y comercios, pues es especialmente en los pequeños comercios donde muy especialmente para compras pequeñas donde pueden tener la tentación de ponernos problemas para pagar con las mismas. Ante ello, hagamos valer nuestros derechos.

Aquí no entraremos a valorar la razón o no que tienen los comerciantes cuando se quejan de la cantidad que tienen que pagar por cada transacción y si tal cantidad les hace poco o nada rentable cobrar con tarjeta de crédito a sus clientes, pues ese sería otro tema. Aquí vamos a verlo desde la implicación que tal aceptación o no, tiene meramente entre el vendedor y el comprador, entre el comerciante y el consumidor.

Errado va aquel consumidor que de una forma completamente chulesca entra en una tienda exigiendo y esgrimiendo no se que derecho a pagar con tarjeta financiera. Que nadie se engañe el que la tienda en cuestión acepte o no el pago mediante tarjetas de crédito y débito no es un derecho del consumidor, ni el mismo puede reclamar la obligación de que esos medios de pago resulten aceptados, pues ello es siempre una facultad libre del comerciante, un servicio de pago con esos sistemas que puede aceptar o no de forma completamente voluntaria y libremente.

Ahora bien, la cosa cambia cuando la tienda acepta los pagos con tarjeta de crédito y débito, es decir, si la empresa no dispone de ese servicio no dispone y punto, pero si dispone de él, debe de anunciarlo de forma visible y entonces no puede negarse a aceptar ningún pago con tal medio de pago.

No se puede negar a aceptar ningún pago ni por temporada (por ejemplo por encontrarnos en época de rebajas), ni por ningún importe ni por ningún concepto más. A no ser, todo ello y únicamente en el caso del pago por determinados importes bajos, si el comerciante no desea aceptar pagos por debajo de un determinado importe debe de anunciarlo visiblemente e indicarlo claramente.

2013-04-15 19 42 16
abogado especializado en divorcios madrid.

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